A- de 2021
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Fiduagraria Sa Encargo Fiduciario Cuenta Nacional De La Carne Y Leche Cncl Madr·Demandado Municipio De San Sebastian De Mariquita
Temas y subtemas del fallo
✓Lo que decide y analiza la sentencia, tal como lo indexó la relatoría de la Corte. Cada tema enlaza a todas las providencias que lo tratan.
- Conocimiento de procesos ejecutivos que pretendan el pago de contribuciones parafiscales agropecuarias y pesqueras
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado Segundo Promiscuo Municipal de Mariquita, Tolima y el Juzgado Tercero Administrativo Oral de Ibagué.
El conflicto versa sobre el conocimiento la demanda presentada por la sociedad Fiduagraria S.A, como administradora del encargo fiduciario denominado Cuenta Nacional de la Leche y Carne -CNCL MADR-contra el municipio de Mariquita, Tolima, que pretende la ejecución de aportes parafiscales para el fomento ganadero y lechero.
Luego de verificar el cumplimiento de los presupuestos para la configuración de un conflicto entre jurisdicciones, la Corte concluye que corresponde a la jurisdicción ordinaria, el conocimiento de los procesos ejecutivos en los que se pretenda el pago de una contribución parafiscal como la cuota para el fomento ganadero y lechero, de conformidad con el primer parágrafo del artículo 106 de la Ley 1753 de 2015.
Con base en lo anterior se remitió el expediente al Juzgado 2 Promiscuo Municipal de Mariquita, Tolima para lo de su competencia y para que comunique esta providencia al otro operado jurídico involucrado y a los interesados dentro del trámite judicial correspondiente.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
Ver la parte resolutiva (2 puntos)
- Primero. DIRIMIR el conflicto de jurisdicciones entre el Juzgado 2 Promiscuo Municipal de Mariquita, Tolima y el Juzgado 3 Administrativo Oral de Ibagué, Tolima, y DECLARAR que el conocimiento del proceso bajo número de radicado 73443-40-89-002-2018-00290 referido a la demanda ejecutiva interpuesta por Fiduagraria S.A, como administradora del CNCL MADR contra el municipio de Mariquita, Tolima, corresponde al Juzgado 2 Promiscuo Municipal de Mariquita, Tolima.
- Segundo. REMITIR por medio de la Secretaría General de esta Corporación, el expediente CJU-501 al Juzgado 2 Promiscuo Municipal de Mariquita, Tolima, para lo de su competencia, y para que comunique la presente decisión al Juzgado 3 Administrativo Oral de Ibagué y a los sujetos procesales interesados.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.
Cómo se conecta
Cada providencia es un nodo en la red de la jurisprudencia: cita a unas y es citada por otras. Sigue los hilos.
Los temas y subtemas indexados de esta providencia están arriba, en Temas y subtemas del fallo.